lunes, 12 de julio de 2010

La 8va Reforma de la LOAFSP pospone por enésima vez, el cumplimiento del Articulo 311 de la Constitución Nacional

El Artículo 178 de la actual Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), contempla la elaboración del “presupuesto plurianual” de 3 años de la nación a partir del año 2011, es decir, en los actuales momentos se debería estar ya trabajando al respeto, haciendo el mismo para los años 2011 y 2013, pero como están muy ocupados en el Gobierno, tal cosa es imposible que se haga, y no suficiente con eso, solicitaron de ñapa una prorroga para entregarlo en el 2014, que es lo que viene a hacer la alcahuete Asamblea Nacional, cuando en la Reforma del articulo coloca la entrega del presupuesto plurianual para el 2014, que ahora contemplaría entre ese año y el 2016.

Esto es algo que se viene posponiendo y posponiendo una y otra vez, desde los tiempos de María Castaña cuando el pueblo aprobó la Constitución Nacional en 1999, postergando con esto el mandato constitucional del Articulo 311 de nuestra Carta Magna la cual ordena al Ejecutivo Nacional la elaboración de un marco plurianual para ser sancionado por la Asamblea Nacional para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gastos y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. En este sentido, el primer presupuesto plurianual tenía que haber sido entregado para los años 2002 y 2003, pero como sabemos no se hizo, incluso en la reforma de la LOAFSP de marzo de 2004, se estableció que el Ejecutivo Nacional presentaría a la Asamblea Nacional a los fines “informativos” el marco plurianual del Presupuesto correspondiente a los ejercicios 2005 al 2007 y 2008 al 2010 respectivamente, pero como ya sabemos esto tampoco se hizo, así que esta Constitución también por enésima vez esta mas violada que la mujer del César.

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