lunes, 26 de marzo de 2012

El gobierno dejó de percibir más de US$ 6.000 millones durante el 2011 por haber cambiado el pago de la regalía petrolera con la reforma de la ley de precios extraordinarios y exorbitantes en abril del pasado año

           La actual ley de hidrocarburos vigentes desde mayo 2006 establece claramente en su artículo 44 que: “De los volúmenes de hidrocarburos extraídos de cualquier  yacimiento, el Estado tiene derecho a una participación de treinta por ciento (30%) como regalía”, lo cual significa que si el petróleo esta en US$ 100, al gobierno le correspondería por este concepto fuera de impuestos generales e impuesto sobre la renta US$ 30 de una. Aquí debemos recordar que si por ejemplo el pasado año se hizo un presupuesto estimando un comportamiento de barril de US$ 40, el 30% de eso, es decir US$ 12, iban a las arcas del fisco por cada barril explotado, pero en el  caso de que el barril supere esa barrera y promedie como efectivamente sucedió en el 2011 los US$ 100, entonces  por encima de los US$ 40 el estado debe recibir “ingresos extraordinarios”.

Ahora bien, el mismo artículo plantea el hecho de que el Ejecutivo Nacional, en caso de que se demuestre a su satisfacción que un yacimiento de petróleo extrapesado de la Faja del Orinoco, no es económicamente explotable con la regalía del 30%,  podrá rebajarla hasta un límite de 20%, quedando facultado para restituirla,  total o parcialmente, hasta alcanzar de nuevo el 30%. En este contexto Pudrevsa en el 2010 (ya que no tenemos datos todavía de 2011) sostuvo que su producción de petróleo era de 2.975.000 barriles diarios (b/d), de los cuales 2.130.000 b/d proviene de su gestión directa y 373.000 en conjunto con empresas mixtas, para un total en promedio de 2.500.000 b/d, dejando los restantes 472.000 a los de la explotación de la Faja que podría pagar o no ese 30% de regalía como ya los hemos dicho, por lo que para los siguientes cálculos nos iremos por lo seguro y tomaremos los 2.500.000 b/d antes comentado que si pagan el 30% de regalía.  Así las cosas,  con una producción a ese nivel  el gobierno tendría que recibir el pasado año Bs. 47.085 millones por concepto de regalía (2.500.000 x US$ 40 x 0,30 x 4,30 x 365 días), pero si el barril promedió los US$ 100 como efectivamente pasó, el ingreso del gobierno tuvo que haber sido en el 2011 de ¡Bs. 117.712 millones! derivado de  2.500.000 x US$ 100 x 0,30 x 4,30 x 365 días, lo cual significa que se tuvo que haber recibido ¡casi Bs. 71.000  millones como ingresos extraordinarios!,  que sería la diferencia entre lo presupuestado y lo realmente recibido, algo de lo que tiene que responder el esperpento de Giordani de manera diáfana y enfática en la Memoria y Cuento 2011 del Ministerio de Finanzas, si es que algún día la publica, pero esto era así, hasta que llegó la reforma de la ganancia súbita que tiene que pagar Pudrevsa al Fonden.

       Cuadro 1: Regalía Petrolera 30% (Ley de Hidrocarburos)  
Meses
Precio
30%
Reg.
B/d
días
Total
ene-11
86,15
x 30%
25,85
2.500.000
x 30
1.938
feb-11
89,05
x 30%
26,72
2.500.000
x 30
2.003
mar-11
100,65
x 30%
30,20
2.500.000
x 30
2.264
abr-11
108,12
x 30%
32,44
2.500.000
x 30
2.432
may-11
102,20
x 30%
30,66
2.500.000
x 30
2.299
jun-11
102,55
x 30%
30,77
2.500.000
x 30
2.307
jul-11
105,94
x 30%
31,78
2.500.000
x 30
2.383
ago-11
98,73
x 30%
29,62
2.500.000
x 30
2.221
sep-11
102,40
x 30%
30,72
2.500.000
x 30
2.304
oct-11
107,84
x 30%
32,35
2.500.000
x 30
2.426
nov-11
108,05
x 30%
32,42
2.500.000
x 30
2.431
dic-11
105,82
x 30%
31,75
2.500.000
x 30
2.380
Total





27.393

Allí se estableció en franca violación con la vigente ley de hidrocarburos, que ahora se calcularía la regalía petrolera  hasta un tope máximo de precio del barril de US$ 70, cuando el articulado 14 del decreto-ley que crea la contribución especial por precios extraordinarios y precios exorbitantes en el mercado internacional de los hidrocarburos, publicado en la gaceta oficial extraordinaria Nº 6.022 del 18 de abril del pasado año  sostiene: “que a los fines de garantizar el cumplimiento del objeto de este decreto Ley, se establece como precio tope máximo para el cálculo y liquidación de Regalías, Impuesto de Extracción e Impuesto de registro de Exportación previsto en la Ley Orgánica de  Hidrocarburos, hasta la cantidad de setenta

   Cuadro 2: Regalía Petrolera Tope de US$ 70 (a partir mayo)
Meses
Precio
30%
Reg.
B/d
días
Total
ene-11
86,15
x 30%
25,85
2.500.000
x 30
1.938
feb-11
89,05
x 30%
26,72
2.500.000
x 30
2.003
mar-11
100,65
x 30%
30,20
2.500.000
x 30
2.264
abr-11
108,12
x 30%
32,44
2.500.000
x 30
2.432
may-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
jun-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
jul-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
ago-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
sep-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
oct-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
nov-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
dic-11
70,00
x 30%
21,00
2.500.000
x 30
1.575
Total





21.239

dólares por barril (70 US$/bl). En este contexto el cuadro 1 muestra como aplicando la ley de hidrocarburos se pudo haber obtenido una regalía de US$ 27.393 millones para el gobierno equivalente a Bs. 117.790 millones, con un nivel de 2.500.000 b/d a precios mostrados por el ministerio de petróleo y minería, en cambio  con el artículo 14 de la reforma  de la súbita ya vigente a partir de mayo del pasado año se tuvo que haber recibido una regalía para el fisco de US$ 21.239 millones equivalentes a Bs. 91.327 millones, todo lo cual significa una pérdida para el gobierno de más de 6.000 millones en dólares y de casi  26.500 millones en bolívares por haber cambiado las condiciones de la regalía petrolera, es decir, ¡muérete que chao ingresos extraordinarios!   







No hay comentarios:

Publicar un comentario