El pasado jueves antes de irnos de Carnaval el Ministerio para la Energía Eléctrica atendiendo el decreto presidencial de Emergencia de la luz en el país, publicó la resolución mediante el cual se restringe el uso de electricidad residencial en el área metropolitana de Caracas, que ya todo conocemos con sus respectivas multas, y la reducción de un 20% del consumo de energía eléctrica de aquellos usuarios sujetos a las tarifas de servicios generales 1, 2, 3 y 4, cuya Demanda Asignada Contratada (DAC) exceda los 25 Kilo-voltio-amperio (KVA), de acuerdo con lo previsto en el Articulo 14 numerales 14.4; 14.5; 14.6 y 14.7 de la Resolución Conjunta Nº 089/955, publicada en Gaceta de fecha 03 de abril de 2002, que había sido emanada de los ministerios de Producción y Comercio y Energía Minas. Al revisar esta última Gaceta publicada poco antes del aquel Golpe de Estado de ese año, nos enteramos que el Articulo 14 con los ordinales antes mencionados se refiere al uso permanente de energía para usuarios con DAC por debajo o por encima de 14 KVA, cuya tarifa de pago dependía del consumo. Lo cierto del caso, es con la nueva Gaceta del pasado jueves, independientemente de la contratación de DAC, la medida de reducción del 20% será aplicada a todo aquella generación de electricidad a los servicios generales y áreas comunes de los inmuebles destinados a viviendas, comercios, oficinas, industrias o cualquier otros uso, cuyo consumo exceda los 25KVA, referido esto lógicamente según la Gaceta de 2002 a los servicios de ascensores, estacionamientos, bombas para sistemas hidroneumáticos de abastecimiento de agua o fuentes ornamentales, iluminación de pasillos, escaleras, y cualquier otra área de circulación, jardines, piscinas, canchas deportivas, salones de fiestas y demás áreas recreacionales o de diversión, incluyendo gimnasios, baños turcos, saunas, sistemas de calefacción , aire acondicionado central y cualquier otra servicio y área común.
Según la nueva Gaceta la reducción del 20% debe hacerse en un 10% respecto al mismo periodo anterior, a la primera semana de la publicación de dicha resolución y 10% adicional a partir de la segunda semana de la publicación, por lo que el plazo vence entonces hasta el 25 de febrero, puesto que la Gaceta fue publica en día 11 de febrero, cumpliéndose la primera semana mañana jueves, y venciéndose el plazo a la semana siguiente. En caso de incumplimiento, Corpoelec notificará al usuario por medio de un cartel en la entrada del local o establecimiento, pudiendo suspender el servicio eléctrico en caso de que este persista por un periodo de 24 horas continuas siguientes a la notificación, y en caso de reincidencia, la suspensión del servicio eléctrico será por un lapso de 48 horas, y de persistir el incumplimiento de la medida, todo dependerá de las ganas de Corpoelec para que se mantenga o no la suspensión indefinida del uso de la luz. Ahora que significa todo esto: sencillo, lo que significa que edificios residenciales y monumentales torres como la de Mercantil, Banesco, Provincial y Corp Banca se podrían quedar sin el servicio de ascensores y de agua -ya que esta para las grandes alturas tiene que subir con sistemas de bombas- de no cumplir con la reducción del 20% en el consumo por encima de los 25 KWA hasta el 25 de febrero de los corrientes. Muy importante es destacar que la medida será también aplicable al servicio prestado a industrias con Demanda Asignada Contratada que exceda los 25 KVA y para cualquier otro uso distinto del industrial, puesto que la Resolución del pasado jueves incluye el ordinal 4 del Artículo 14 de la resolución 20002, donde esta incluido lo antes mencionado.
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