Continuando con nuestro articulo ayer, debemos reseñar que quien vino a darle un parao a la exportación del oro en el país fue el excelentísimo y reverendísimo Nelson Merentes, que con rodilla en tierra como presidente del Banco Central sacó el 30 de abril del pasado año la Resolución 09-04-03, publica en la Gaceta Oficial Nº 39.169, la cual obligaba a destinar ahora al mercado interno, al menos el 70% del total de la producción aurífera del país, de los cuales un 60% debería ser ofrecido al Banco Central, mientras que el otro 10% se destinaría al sector transformacional del país, pudiéndose entonces exportar solo el 30% restante, pero se equivocaron, hicieron mal la cosa, porque a juicio de alguien había que hacer una diferenciación entre el sector privado y el sector público. Esa salvedad vendría mas temprano que tarde, con la Resolución 09-06-03 con publicación en Gaceta Oficial del 16 de junio que es la ultima normativa que rige el Régimen de Comercialización del Oro y de sus Aleaciones, en donde sostiene que el sector privado quedó igualito a la anterior norma, 70% mercado interno, 60% de los cuales va al BCV y el otro 10% al sector transformador, dejando el 30% restante a la exportación, mientras que las Empresas Mercantiles en las cuales la Republica tenga directa o indirectamente una participación igual o mayor al 50% que tenga que ver con la explotación del oro, tienen como obligación destinar un 50% de su producción al mercado nacional, de los cuales solo un 25% deberá ser ofrecido en venta al BCV!, y el otro 25% se destinara al sector transformador nacional, el otro 50% podrá ser exportado sin problemas.
En este sentido, antes con la normativa de abril, por cada 100 tonelada (Tn) de oro producida en el país era obligado venderle al Banco Central 60 Tn, ahora con la nueva normativa, si de las 100 Tn, 50 las hizo el sector privado y 50 el sector publico, tenemos, que mientras el sector privado vende obligatoriamente al BCV 30 Tn (60%), el sector publico destina de su 50% del mercado local solo 12,5 Tn al BCV (25% de 50 Tn), en este caso el BCV solo estaría comprando un total de 42,5 Tn, por cada 100 Tn, muy distinto a las 60 que adquiría con la anterior ley de abril.
No hay comentarios:
Publicar un comentario