Como todos sabemos la nueva Ley de Costos y Precios Injustos decretada vía habilitante entraría en vigencia 90 días hábiles después de su publicación en gaceta oficial, algo que ocurrió el pasado 18 de julio, por lo que a más tardar para el 22 de noviembre de este año debe comenzar su aplicación, pero allí en este periodo solo se nombró el pasado 11 de septiembre como Superintendente de la ley a una tal Karlin Granadillo Ramírez, quien últimamente ha brillado completamente por su ausencia. De esta forma esta es la fecha, es decir, a menos de una semana y media que entre en vigencia la ley, en que se desconocen las normas mediante las cuales se establezca el régimen del Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicio los cuales tiene que hacer Raymundo y todo el mundo, de la misma manera en que el reglamento interno de la Superintendencia Nacional de Costos y Precios tampoco existe, a pocos días de entrar en vigencia esta nueva Ley.
Por otra parte ésta recién creada Superintendencia que no tiene sede ni empleados, ni estructura organizativa, tampoco ha establecido la “categorización” de los bienes y servicios sujetos a la ley, es decir, que aún no ha establecido los distintos regímenes para los bienes que se produzcan en el país o el de los servicios que se utilicen. Del mismo modo, aún no se ha hecho referencia para el cumplimiento del ordinal 1 del artículo 17 de la ley, el cual está referido a la manera de cómo los productores de bienes y servicios deben llevar a la Superintendencia sus costos directos, indirectos, gastos generales, de administración, de distribución y venta, así como de los riegos asumidos, y por si fuera poco, hasta la fecha también se desconoce la fórmula cuántica que aplicará la Superintendencia para establecer según los costos estudiados los precios “justos”, por lo que todo parece indicar que la fijación de precios máximos de venta al público de bienes y servicios o rangos de precios a establecer, no estarán para los dos últimos meses del año.
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