martes, 18 de junio de 2013

Los actuales niveles de inflación lo que demuestran es el estruendoso fracaso de la Ley de Costos y Precios Justos y la negligencia de Karlín Granadillo al frente de la SUNDECOP

          En la exposición de motivos uno de los objetivos  de la Ley de Costos y Precios Justos de julio de 2011 se estableció: “mantener  la  estabilidad  de  precios  y  propiciar  el  acceso  a  los bienes  y  servicios  a  toda  la  población  en  igualdad  de condiciones, en el marco de un modelo económico y social”. Por su parte, en el ordinal 6 del artículo 4, se sostiene como fines de la ley se encuentra:  “Incrementar  la  eficiencia  económica  como  factor determinante en  la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades humanas”, mientras que el ordinal 7 ejusdem, reseña: “Continuar  elevando    el    nivel  de  vida  del  pueblo venezolano”, todo lo cual se lo está llevando el diablo por los cachos no sólo con una inflación acumulada de casi 20% para los primeros 5 meses del año, con una proyección de que esta termine en 45% por la medida chiquita como en los días gloriosos de la 4ta República, sino porque no producimos ni el papel higiénico para limpiarnos el rabo, lo que nos ha hecho últimamente el hazmerreír de todo el globo terráqueo.   

            Pero no solamente es la ley, sino que la institución  que la lleva a cabo la Sundecop, dirigida desde un comienzo por la Sra. Karlín Granadillo también ha mostrado su estruendoso fracaso toda vez  que entre la visión de la institución se sostiene: “Ser el órgano del Estado Venezolano que garantice precios justos en los bienes y servicios básicos de toda la población, impulsando la consolidación del modelo productivo socialista, a través de la participación del Poder Popular y la promoción de un nuevo patrón cultural de consumo”. Según la ley esta Sudecop, según el ordinal 3 de la ley también tuvo la atribución de establecer la metodología para el cálculo de los costos y precios justos, una suerte de formula cuántica que tendría que incluir costos directos, indirectos, gastos generales, de administración, de distribución y venta, así como de los riegos asumidos, seguro de mercancías, tomando en cuenta también el tipo de cambio oficial y paralelo, mostrando dicha fórmula el real resultado de haber producido hiperinflación.

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