domingo, 3 de febrero de 2013

En el Socialismo del Siglo XXI ¡lo que es tuyo, ya no es tan tuyo!....Con la nueva de ley que regula la compra y venta de vehículos la inflación de dos años se tragará el precio y el seguro de éste, lo que imposibilitará la reposición en caso de robo o pérdida total antes de cumplirse los 24 meses

           Lo primero que debemos de decir del proyecto de ley que regula la compra y venta de vehículos nuevos y usados nacionales o importados con hasta dos años de ensamblados o fabricados,  ya aprobado en primera discusión en la Asamblea Nacional, es que la ley se aplica a toda persona natural o jurídica relacionada con la compra y venta de vehículos, agregándose también las operaciones de recompra o reventa de estos, según el artículo 2 del proyecto de ley. Esto al unirlo con el artículo 18, que sostiene que las  compañías  de seguros no  podrán  asegurar  los  vehículos  automotores nuevos o con hasta dos años de uso por un valor mayor al precio de venta sugerido, nos puede llevar a la siguiente situación.

Suponga usted que haya comprado un vehículo en junio del año 2011 por Bs. 300.000  y ahora necesita venderlo por equis circunstancias, es decir, un vehículo que hasta diciembre del pasado año ya tiene 18 meses de vida no podría venderlo por más de los 300 palos que pagó, porque ese fue el precio de venta establecido y por el cual se aseguró, así la inflación haya sido del 36% como oficialmente sostiene la Bodega Central de Venezuela. En ese período el Índice Nacional de Precios del Consumidor (INPC) se colocó entre  235,3 y 318,9 lo que produjo tal inflación (318,9/235,3-1*100 = 36%), esto significa que ese activo de Bs. 300.000 se le convirtió a usted en Bs. 221.000 en 18 meses luego de aplicar: 300.000 x 235,3/318,9, por lo que usted perdería entonces casi 80 palos de vender el carro en los 300.000, porque sería completamente “ilegal” que lo vendiera por encima de ese precio,  algo que no podría hacer ni siquiera por una emergencia familiar para salvarle la vida a un ser querido que esté en terapia intensiva. Sobre el particular ya existen al menos dos precedentes en el país, la primera contemplada en el Decreto-ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas de mayo de 2011, la cual estipula que usted libremente no podría vender su vivienda,  hasta tanto  el Ministerio de Vivienda y Hábitat disponga la provisión de refugio temporal para el inquilino, y la otra fue lo del asunto de los Petrorinocos de mediados del pasado año que estableció también que tales bonos no se podrían vender luego de un año de la emisión,  todo lo cual indica que en el Socialismo del Siglo XXI ¡lo que es tuyo, ya no es tan tuyo!.

En este escenario, ciertamente por ahora el proyecto de ley no sanciona “el bajo cuerda”, es decir, aquella negociación informal que usted podría hacer para vender su vehículo con menos de dos años. En el ejemplo anterior, acordaría  con el vendedor fuera de la Notaría 50 palos más de los Bs. 300.000 en que debe vender el carro, algo que sí sanciona por ejemplo la ley de Arrendamientos de Viviendas de noviembre de 2011,  en donde no puede existir otro contrato al margen de la ley. No obstante, también para este tipo de casos podría suceder como ocurre en los Petrorinocos, los cuales están siendo vendidos inmediatamente sin esperar el año de maduración ante los ojos del propio gobierno, sin que éste haga  absolutamente nada para evitarlo, más bien lo estimula  a través de la banca pública. Lo otro que podemos decir del proyecto de ley, es que la inflación de dos años se tragará el precio y el seguro de los vehículos, así las cosas,  la ley indica que tienes que asegurar el carro por el monto de compra, póngale hoy, febrero 2013 en Bs. 460.000, al pasar el año, el seguro sigue siendo Bs. 460.000 y para febrero de 2015 seguirá siendo tal cantidad, al igual que el precio del carro, porque así está establecido en el artículo 18 del proyecto de ley ya citado el cual indica  que no lo puedes asegurar por más. Ahora si por “mala leche” te roban el carro en diciembre de 2014 o tuviste un accidente con pérdida total,  el seguro te responderá solo por los ¡Bs. 460.000!, cuando el vehículo con una inflación acumulada de 40% en ese periodo de tiempo tendría que tener un valor de ¡Bs. 644.000!, ahora dime tu avestruz ¿qué te vas a comprar con los reales que te va a dar el seguro?.

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