lunes, 18 de enero de 2010

En la “Subasta” de los bonos para combatir al mercado permuta el BCV otorga los dólares a quien le de su “real gana”

El uno de los capítulos de la inolvidable serie “El Zorro”, el Sargento García va a subastar a Tornado, el caballo del enmascarado justiciero. García grita: ¿quien ofrece 100 pesos por este hermoso animal?, a lo que el cabo Reyes contesta: ¡101 pesos!; García prosigue: He oído 101 pesos, ¿quien da mas?, ¡102 pesos!, contesta el cabo, a lo que el afamado sargento continúa: Han visto amigos, este cabo ha ofrecido 102 pesos por el caballo de El Zorro, e inmediatamente el cabo de nuevo grita ¡103 pesos!, finalmente el obeso sargento, no quiere seguir nombrando cifras, a sabiendas de que el cabo seguirá subiendo torpemente en un peso el precio del caballo, pero a pesar de ello, la subasta de Tornado era clara, diáfana y enfática, no así la subasta que llevó a cabo el Banco Central el día miércoles y jueves de la pasada semana del Bono Cambiario Venezolano para combatir al permuta que hasta hace poco no existía en la economía y que aún no se puede ni nombrar.

Así las cosas en la Convocatoria Nº 1 por 50 palos verdes del pasado miércoles 13 del corriente y de las que vienen, el Ente Emisor en el subtítulo: “Procedimiento para la Subasta” sostiene que “se reserva el derecho a su sola discreción de rechazar o invalidar cualquier Orden de Compra, sin necesidad de especificar las razones que motivaron dicha decisión”, lo que indica que el Sargento García tiene la potestad de negarle al cabo Reyes, la compra por subasta de Tornado, aún no existiendo otro interesado, es decir el BCV le dará los bonos a quienes le de su “real gana”!, sin explicarle a nadie nada!, lo que nos lleva a preguntarnos: ¿será que acaso que todo va a depender del ofrecimiento de la mejor comisión de adquisición por parte de los interesados a los funcionarios de esa entidad?, nos preguntamos nosotros. En este mismo contexto, el BCV tiene la potestad según lo expresado en el subtitulo de “Adjudicación de la Convocatoria” que: antes del Anunció de los Resultados, el Banco Central de Venezuela podrá declarar desierto el acto que motivaron dicha decisión, así esta este abarrotada de compradores, es decir, si le da la real gana de nuevo el BCV no “adjudicará” bonos ese día para combatir el permuta, ¿será que acaso ese día lo aprovechará PDVSA para vender sus dólares en ese mercado?, nos volvemos a preguntar nosotros.

No suficiente con eso en el Convenio también se establece que el BCV, tiene la potestad de modificar los plazos y términos de la subasta a su total discreción, lo cual no sabemos si es antes o después de haber recibido las solicitudes, pero aún hay mas, el Ente Emisor también se reserva el derecho de dispensar cualquier discrepancia o error contenido en algún Formato de Transmisión u Orden de Compra, lo que significa que puede cometer el error pero no necesariamente “subsanarlo”. Pero el “Home Run” con las bases llenas de las convocatorias se refiere a que el BCV como muestra la imagen de hoy: ¡ocultará los resultados específicos de la emisión!, es decir, el Ente Emisor nunca dirá a quien o a quienes naturales o jurídicos fueron entregados los bonos, así que la bola se eleva y se va!.

No hay comentarios:

Publicar un comentario