miércoles, 26 de marzo de 2014

Como sabemos la Ley de Precios Justos plantea un margen de ganancia máxima de 30% pero al no establecer un mínimo, esta podría ser del 1% si al gobierno le da su real gana.

           Así rezaba el Artículo 1 de la Ley de Costos y Precios  Justos que dictaminó el muerto el 18 de junio de 2011: “establecer los mecanismos de administración y control, necesarios para mantener la estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios a toda la población en igualdad de condiciones, en el marco de un modelo económico y social que privilegie los intereses de la población y no del capital”, para tal cosa los precios se estipularían según lo establecido en el Artículo  20 de la difunta ley  “mediante  un modelo  de análisis estadístico seleccionado por  la Superintendencia Nacional de Costos y Precios considerando la data registrada en el Sistema Automatizado de Administración de Precios”, es decir, una formula cuántica que originó entre noviembre de 2011 fecha en la que se comenzó a aplicar hasta diciembre de 2013 fecha en la que fallece una inflación acumulada de ¡86%! básicamente porque el gobierno no tuvo ni la más puta idea de colocar los precios “justos” que no fuera a través de la represión, el decomiso, el pillaje, la expropiación y la usurpación, ese fue el resultado, alta inflación, desabastecimiento y escasez en los productos. La nueva viene por el mismo camino, porque este gobierno es como el animal que choca dos veces con la misma piedra, en eso no hay duda alguna.    

            Esta sólo se llama Ley de Precios Justos porque ahora no van a tomar  en cuenta los costos, sino solamente los precios, esta crea el nuevo órgano que le dio chuleta a la Sundecop y a la Granadillo,  la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Económicos (SUNDDE), y la misma según el Artículo 26  “podrá establecer  lineamientos para  la planificación y determinación de  los parámetros de  referencia utilizados para  fijar precios  justos.  Dichos  lineamientos  pueden  tener  carácter  general,  sectorial,  particular  o  ser  categorizados  según  las  condiciones  vinculantes o similares entre grupos de sujetos”, es decir, pura paja loca, lo que corrobora una vez más que el gobierno no tiene como calcular dichos precios y menos aún con tres tipos de cambio en la economía, razón por la cual al igual que su antecesora dicha ley está condenada a un rotundo fracaso. 

Sobre el  margen máximo de ganancia que la nueva ley indica en su artículo 32 se plantea que la SUNDDE lo hará atendiendo  criterios  científicos marxista, estableciendo que en ningún caso esta podría ser mayor al 30% de la estructura de costo, pero como la ley tampoco establece el mínimo este margen de ganancia podría ser del 1% si al gobierno le diera su real gana. Lo del margen máximo de ganancia de la ley de 30% es toda una verdadera loquetera de los robolucionarios, puesto que si se la aplicamos a Pudrevsa este tendría que vender el petróleo a ¡US$ 13!, ya que 3 dólares representan el 30% sobre los costos de US$ 10 ¡Chavo lo que tienes de bruto lo tienes de rebruto!     

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