miércoles, 23 de enero de 2013

En el enredo de la ganancia súbita: Chávez ordenó una cosa, la gaceta oficial publicó otra, y Ramírez con su cómplice Giordani pagaron no se sabe qué cosa… ¿qué cosas, no?

          Lo de la famosa  Contribución Especial Petrolera (CEP) o ganancia súbita, ha tenido dos fases, la primera cuando se inventó en abril 2008 cuya fórmula de cálculo se estableció el 27 de mayo del mismo año, la cual sostenía que si el precio del barril de petróleo pasaba de US$ 70 y era menor a US$ 100 se utilizaría: CEP = (Precio – 70)*0,50, y si pasaba de los US$ 100, la formula a aplicar era CEP = {(Precio-100)*0,60} + {(100 – 70)*0,50}. De esta forma, si el precio era  de US$ 90, se aplicaba CEP = 90 - 70 x 0,50 = 10, que se leía, que por cada barril exportado a un precio de US$ 90 se tenían que pagar US$ 10 al FONDEN, y con un precio de US$ 120, la formula a aplicar era  CEP = {(120-100)*0,60} + {(100 – 70)*0,50} = US$ 27, es decir, a ese precio entraban al Fondo US$ 27 por cada barril de petróleo exportado a US$ 120. La segunda fase, vino con la reforma de la ley en abril de 2011, allí se establecieron 3 tipos de alícuota para cuando el precio superara los US$ 70: 80% para la diferencia de precio entre 70 y 90 dólares; 90% entre 90 y 100 dólares, y 95% cuando los precios superen los US$ 100. Esto indica que cuando el precio se ubique por ejemplo en US$ 85 (entre 70 y 90), el FONDEN recibirá el 80% de la diferencia entre 70 y 90, en este caso sería de US$ 16 por cada barril vendido a US$ 85 (90 - 70 x 0,80); y si el precio fuera de US$ 95, se la aplicaría el escalafón entre 90 y 100 con una súbita del 90%, así se obtendría US$ 9 (100 – 90 x 0,90) por cada barril exportado a US$ 95. El cuadro a continuación muestra lo que tuvo que haber pasado en el 2011 aplicando estrictamente lo sostenido en la ley según los precios reseñados por el Ministerio de Energía y Petróleo con un nivel de exportación de 1.153.000 barriles diarios que son los que se pagan “cash” que van a Estados Unidos y Europa, para hacer cálculos conservadores: 


             Esto indica que para todo el año la ganancia súbita tuvo que haber sido de cerca de US$ 3.000 millones, no obstante PUDREVSA en su Estado Financiero Consolidado sostiene que la misma fue de unos fraudulentos ¡US$ 13.247 millones!, donde para llegar a esa cifra la estatal petrolera tendría que estar exportando unos ¡5 millones de barriles diarios de petróleo!. Ahora quien viene a corroborar esta cifra va a hacer el cómplice del esperpento llorón de Giordani, ya que en la Memoria y Cuenta del Ministerio que dirige, reseñó que lo que había entrado por  ganancia súbita (ley vieja) había sido de US$ 2.444 millones y por  Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos (súbita nueva)  US$ 8.387 millones, para un total de US$ 10.831 millones, pero como los datos son hasta noviembre, indica por demás que en diciembre entró la diferencia de US$ 2.416 millones para completar los US$ 13.247 millones que sostiene Ramírez, cuando estos según la ley y nuestros cálculos fue de apenas ¡US$ 191,2 millones! en ese mes.

Un detalle importante a destacar aquí, se refiere al hecho de que en cadena nacional el presidente Chávez le exigió a Rafael Ramírez, que explicara lo de la nueva ley sobre precios extraordinarios y exorbitantes, pero ante la confusión que mostró el presidente de PUDREVSA, Chávez fue quien trató de aclararla, sosteniendo que cuando el precio del barril estuviera en US$ 110, se aplicara una porcentaje del 95% a la diferencia entre esos 110 y 70, que siempre ha sido el precio de referencia, es decir, una contribución especial de US$ 38 (110 - 70 x 0,95) por cada barril vendido a US$ 110.  Sin embargo, no fue eso lo que firmó el presidente, veamos lo que dice estrictamente la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.022 publicada el 18 de abril de 2011,  si el precio del crudo venezolano ronda los US$ 110, en su artículo 9, punto 3 se reseña: “Cuando los precios Exorbitantes sean igual o mayores a cien dólares por barril (100 US$/b), se aplicará una alícuota equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) del monto total de la diferencia entre ambos precios.”, esto indica que la diferencia entre “ambos precios”, serían 110 y 100 dólares, por lo que 110 -100 = 10, y es a éste 10 que le sacamos según la ley el 95%, lo que daría una CEP de US$ 9,5 por cada barril de petróleo vendido a US$ 110, como se ve muy lejos de los US$ 38 que quería el presidente tal como lo explicó en cadena nacional, pero para no fallarle al presidente Ramírez y su cómplice de Giordani inventaron funestamente estas cifras sin ningún cálculos específicos por ninguna parte, ¡al libre albedrío, pues!. En conclusión, Chávez ordenó una cosa, la gaceta oficial publicó otra, y Ramírez con su cómplice Giordani pagaron no se sabe qué cosa… ¿qué cosas no?
 
 

 

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