La publicación
de la gaceta Nº 40.138 de fecha 2 de abril de 2013 nos trae de manera oficial
el último convenio con Rusia para explotar y mejorar petróleo en la Faja
Petrolífera del Orinoco (FPO), con la empresa OJSC Oil Company Rosneft o una
filial de esta, cuyo dueño Igor Sechin, estuvo a moco tendido en los funerales
del presidente Chávez, por orden directa de Vladimir Putin. El acuerdo donde
dicha compañía tiene una participación de 40%, se refiere a una extensión de
342 Km2 que comprende los Bloques Carabobo 2 Norte y Carabobo 4
Oeste, para una producción de 40 millones de barriles de crudo en un plazo de
25 años con una prórroga de 15, si las partes así lo acuerdan. Y lógicamente
que, para que el negocio no se cayera, Rosneft otorgó a Venezuela un bono por
participación de US$ 1.100 millones, lo que eleva ya estas dádivas al gobierno
de Venezuela por parte de los rusos a US$ 2.500 millones: US$ 1.000 millones,
ofrecido por Rosneft, Gazprom, Lukoil, TNK-BP y Surgutneftegaz, en noviembre de
2009 para la explotación del Junín 3, Ayacucho 2 y Ayacucho 3; US$ 404,2
millones obsequiados en febrero de 2012 por Gazprombank para los campos de Bachaquero y Lagunillas en el Estado Zulia; y
éstos últimos US$ 1.100 millones, lo que indica que los rusos se han metido en
la Faja Petrolífera del Orinoco a punta de billete.
Al igual que
los anteriores acuerdos con los rusos, con Rosneft también se estableció el
desarrollo de las actividades primarias de exploración, extracción,
recolección, transporte y almacenamiento de petróleo, al igual que el “mejoramiento”
de crudo, cuya actividad no está pautada en los Términos y Condiciones para la
Creación de Empresas Mixtas, que público la Asamblea Nacional el 31 de marzo de
2006, lo que le da carácter ilegal al contrato.
Del mismo modo, se estableció la exoneración de impuestos municipales, algo
completamente violatorio de la Constitución,
ya que el ordinal 2 del artículo 179 de nuestra actual Carta Magna
establece que es competencia municipal los impuestos sobre actividades
económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar, y los
impuestos sobre inmuebles urbanos, lo que daría al acuerdo en esta parte su
inconstitucionalidad. Y de la misma forma de la constitución de empresas mixtas
en la FPO, se le otorgó a Rosneft la
rebaja del pago de la regalía y el impuesto de extracción previstas en los
artículos 44 y 48 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, así como no
obligatoriedad de repatriación de capitales, ni siquiera la del lado
venezolano, y la auditoría ambiental hecha por la propia empresa, ¡que manteca
de quilla!.
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