martes, 16 de abril de 2013

Los rusos se han metido en la Faja Petrolífera del Orinoco a punta de billete...

            La publicación de la gaceta Nº 40.138 de fecha 2 de abril de 2013 nos trae de manera oficial el último convenio con Rusia para explotar y mejorar petróleo en la Faja Petrolífera del Orinoco (FPO), con la empresa OJSC Oil Company Rosneft o una filial de esta, cuyo dueño Igor Sechin, estuvo a moco tendido en los funerales del presidente Chávez, por orden directa de Vladimir Putin. El acuerdo donde dicha compañía tiene una participación de 40%, se refiere a una extensión de 342 Km2 que comprende los Bloques Carabobo 2 Norte y Carabobo 4 Oeste, para una producción de 40 millones de barriles de crudo en un plazo de 25 años con una prórroga de 15, si las partes así lo acuerdan. Y lógicamente que, para que el negocio no se cayera, Rosneft otorgó a Venezuela un bono por participación de US$ 1.100 millones, lo que eleva ya estas dádivas al gobierno de Venezuela por parte de los rusos a US$ 2.500 millones: US$ 1.000 millones, ofrecido por Rosneft, Gazprom, Lukoil, TNK-BP y Surgutneftegaz, en noviembre de 2009 para la explotación del Junín 3, Ayacucho 2 y Ayacucho 3; US$ 404,2 millones obsequiados en febrero de 2012 por Gazprombank para los campos de  Bachaquero y Lagunillas en el Estado Zulia; y éstos últimos US$ 1.100 millones, lo que indica que los rusos se han metido en la Faja Petrolífera del Orinoco a punta de billete.

Al igual que los anteriores acuerdos con los rusos, con Rosneft también se estableció el desarrollo de las actividades primarias de exploración, extracción, recolección, transporte y almacenamiento de petróleo, al igual que el “mejoramiento” de crudo, cuya actividad no está pautada en los Términos y Condiciones para la Creación de Empresas Mixtas, que público la Asamblea Nacional el 31 de marzo de 2006, lo que le da carácter ilegal al contrato.  Del mismo modo, se estableció la exoneración de impuestos municipales, algo completamente violatorio de la Constitución,  ya que el ordinal 2 del artículo 179 de nuestra actual Carta Magna establece que es competencia municipal los impuestos sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole similar, y los impuestos sobre inmuebles urbanos, lo que daría al acuerdo en esta parte su inconstitucionalidad. Y de la misma forma de la constitución de empresas mixtas en la FPO, se le otorgó a Rosneft  la rebaja del pago de la regalía y el impuesto de extracción previstas en los artículos 44 y 48 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, así como no obligatoriedad de repatriación de capitales, ni siquiera la del lado venezolano, y la auditoría ambiental hecha por la propia empresa, ¡que manteca de quilla!. 

 

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