Lo primero que interpretamos de
la nueva Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos que vino en el paquetazo de
Oscuro, es precisamente eso, que se trata de una nueva ley según los acólitos
del gobierno porque en ninguna parte apareciera que se trata de una reforma,
puesto que esta palabra no la colaron en el título de la misma, pero más allá
de esa formalidad sostenemos que se trata precisamente de una “reforma” por
algunos artículos cambiados y agregados para combatir los ilícitos cambiarios.
Lo primero que notamos en la nueva ley que no es
un reforma para el gobierno, pero que a la hora de la chiquita si lo es, deriva
que el artículo 2 le quita la autoridad administrativa sancionatoria en materia
cambiaria al Ministerio de Finanzas, y le tira los infractores a los lobos, en
eso se basa esencialmente esta reforma en castigar más severamente a los que
cometen ilícitos cambiarios. Así las cosas, en el Capítulo IV referidos a tales
ilícitos ahora se establece que quien
presente o suscriba balances, estados financieros o cualquier otro documento
falso o forjado para la obtención de verdes serán sancionados con pena de
prisión de one a 3 años y multa equivalente de 0,5 Unidades Tributaria (UT) por
cada dólar del monto correspondiente a la respectiva operación involucrada,
manteniéndose como en la ley anterior de mediados de febrero de este año, la
pena de 3 a 7 años de cárcel y multa doble equivalente en bolívares del monto
involucrado y como pasapalo la entrega
de las divisas a la Bodega Central para quienes obtengan dólares a través del
engaño y la falsedad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario